Ley Autocultivo, atornillando al revés



Se retoma en la Comisión de Salud de la Cámara de Diputados, la discusión sobre autocultivo y expendio de cannabis para uso medicinal. Respecto a lo primero, el Autocultivo, es necesario saber que hace unos meses la 2da. Sala Penal de la Corte Suprema, la máxima autoridad en materia penal de nuestro país, dilucidó la correcta aplicación del artículo 8° de la Ley 20.000, y explicitó categóricamente que el Autocultivo, individual o colectivo, es Legal en Chile. Es decir, el cultivo para el propio uso o consumo de quien o quienes cultivan no está penalizado, no es delito, es perfectamente legal, siempre y cuando se mantenga en este ámbito. Desde el punto de vista jurídico el tema está sanjado. (Sentencia 4949-2015)

Haciendo caso omiso de este vital antecedente, los Diputados siguen tramitando una mal llamada Ley Autocultivo, para "despenalizar" lo que no se encuentra penalizado y someterlo a una "regulación" que en su concepción misma ignora y menosprecia la razón última de la legitimidad de esta conducta: una noción de Ser Humano con Soberanía y Facultades que el Estado tiene obligación de proteger, y se empeñan torpemente en llegar a acuerdo respecto a cuanto, como y a quien "permitir" cultivar, y a quien castigar penalmente por hacerlo, dejando un pequeño margen de acción dentro del mismo paradigma, con el cuál muchos se han encandilado y confundido. (Lea el proyecto en su estado actual)

Se olvidan los Diputados, que la potestad punitiva del Estado está definitivamente limitada por la dañosidad de la conducta a castigar respecto del Bien Jurídico protegido, en este caso la Salud Pública, y desde la perspectiva jurídica este daño queda totalmente excluido para el caso del Autocultivo o cultivo destinado al propio uso y consumo, de manera que no existe razón dentro del Derecho para castigar, restringir o regular penalmente, por medio del temor a la coacción punitiva, la expresión de intimidad y privacidad de las Personas que implica el cultivo personal de cannabis.

La modificación que intentan esconde prejuicio y discriminación, y en definitiva así como va, no resuelve nada. Simplemente no comprenden y han perdido de vista la reivindicación ciudadana que inspiró y movilizó la presentación de los proyectos originales, de los Diputados Robles y Mirósevic y Karla Rubilar, cuyos considerandos expresan y fundamentan.

La vulneración, discriminación y criminalización que se ha infringido por décadas en contra de cultivadores y usuarios de cannabis, invisibilizada por el distorsionado y mal comprendido problema de la adicción, la campaña del terror en contra del uso de psicoactivos, y el inútil combate al narcotráfico, no se resuelve con la burda medida de "autorizar" una "cantidad suficiente" de plantas por casa o de gramos a portar.

Esta clase de ajustes, lejos de ser un avance, son un retroceso en la intención de evolucionar, confirman y afirman justo aquello que queremos terminar. Con la ley vigente -ahora lo sabemos- el autocultivo no solo no está penado, sino que se lo puede comprender, como lo ha hecho la Corte Suprema, como un acto perfectamente legítimo y respetable, que no se encuentra reñido con el ordenamiento jurídico sino que protegido por él , y su regulación natural está en su definición: estar destinado al propio consumo. ¿Cuál consumo? ¿Cuanto consumo?, no es algo que pueda o deba quedar pre-fijado en la Ley.

El uso o consumo Personal es el uso que Usted le da, el provecho que Usted puede y esta dispuesto a sacarle. Hablar de distintos tipos de usos y usuarios ha servido para alimentar una nueva y absurda discriminación, ahora entre usuarios, que confunde hasta los mejor intencionados, y ha sido usada falazmente para inclinar la balanza en favor de una respuesta menos inclusiva y francamente fuera del Derecho y de la Ley, que se deja llevar por cálculos políticos que se mueven al ritmo de la ignorancia, el prejuicio y la discriminación que son presentados como "un primer paso".

Plantear que la cuota de cultivo que se "permitirá" es "más que suficiente", es no comprender la naturaleza de la facultad que se está buscando proteger, un territorio donde al Estado no se le permite incidir. Nosotros no estamos pidiendo una excepción ni una concesión, estamos exigiendo que se cumpla la Ley, y que la Ley no sea modificada para dejarnos en una peor condición.

Afirmar que esta clase de ordenamiento, arbitrario, superficial y cuantitativo permitiría más "objetividad" a la hora de determinar quien es cultivador y quien es traficante, es no comprender la naturaleza del delito de tráfico ni el funcionamiento del Sistema Penal, es no conocer ni respetar la realidad del cultivo y uso del Cannabis en Chile.

Para volver factible el uso medicinal en el sistema institucional de salud, público o privado, uno de los proyectos originales promovió el expendio o comercio de cannabis para uso médico, sometido por su puesto a todos los controles que fueran exigibles. Pero esto ya no tiene que ver con el Autocultivo, ni con el uso personal, que también puede ser medicinal.

El uso médico del cannabis se encuentra específicamente reconocido, permitido y protegido, tanto por la Ley 20.000 como por los Tratados Internacionales que conforman la Política Internacional de Drogas. Si los médicos, el Sistema de Salud, la Academia o los Científicos e Investigadores en general, no han tenido la motivación o la capacidad de ocupar este espacio, salvando las dificultades que supone avanzar desde lo conocido hacia lo desconocido, y ofrecer a los pacientes respuestas posibles, efectivas, accesibles, el problema no ha estado en la Ley, tal como no lo estaba para el Autocultivo. Prueba de esto es que sin cambio legislativo alguno, actualmente se cultiva a gran escala con autorización del SAG, se investiga en universidades y se prepara un medicamento en base a cannabis, que seguramente contará, como corresponde, con las certificaciones necesarias de las autoridades competentes. El comercio de cannabis para uso medico ya está en marcha, y no ha sido porque la ley cambiara.

No degrademos la Ley para que esté a la medida de lo que el control, el prejuicio y la discriminación están dispuestos a aceptar. No nos empequeñezcamos en nuestra relación con el Estado. Sigamos trabajando hasta que lo esencial se respete, aportando con nuestro esfuerzo por Despertar. Estamos en Derecho, respondamos a la altura.

El enfoque de los Derechos Fundamentales no es un argumento mas para repetir, es una mirada para incorporar y vivir en consecuencia, con coraje, con firmeza, con transparencia, en común-unidad para cuidarnos y protegernos.

Un fuerte abrazo!
Equipo Triagrama.



Comentarios

  1. Mientras queden personas que externalicen su poder y crean que alguien sabe mejor que uno el sentido que le da a la vida, habremos quienes aplicando en nuestra vida la autonomía de no necesitar quién nos gobierne (anarquía consciente) haremos lo que es nuestro derecho y herencia. #CULTIVAMOSCANNABIS para despertar la conciencia

    ResponderEliminar

Publicar un comentario