EL AUTOCULTIVO ES LEGAL EN CHILE Y NO NECESITA AUTORIZACIÓN DEL SAG, NI DE NADIE.

La Corte Suprema en reciente fallo ha dicho "...si dos o más personas son sorprendidas sembrando, plantando, cultivando o cosechando la planta productora de cannabis, no serán sancionadas según el artículo 8° sino conforme al artículo 50 de la misma ley (...) si justifican (...) que han convenido destinar la droga que se obtendrá de esa planta al consumo próximo y en un lugar o recinto privado, de esas mismas personas y no de otras." [Considerando Octavo Sentencia Corte Suprema]
Más adelante agrega: "... no obstante que la acusada “mantenía sembradas” plantas de cannabis sativa sin contar con la autorización del Servicio Agrícola y Ganadero a que alude el artículo 9 de la ley N° 20.000, al concurrir en la especie los presupuestos establecidos en la parte final del inciso 1° del artículo 8° de la Ley N° 20.000, como esta misma disposición prescribe, “sólo se aplicarán las sanciones de los artículos 50 y siguientes”, SIN EMBARGO, no acreditándose que se haya concretado por la acusada el propósito para el cual se mantenían las plantas, esto es, el consumo concertado de las drogas en un lugar o recinto privado -que por lo demás, no fue objeto de la acusación- tampoco resulta aplicable al caso sub judice el referido artículo 50." [Considerando Decimocuarto Sentencia Corte Suprema]
POR LO TANTO
- Las Personas NO requieren la Autorización del SAG para cultivar para si mismas.
- Las Personas que cultivan para su propio consumo NO serán sancionadas a menos que hayan incurrido en alguna de las faltas señaladas en el art. 50 de la Ley 20.000.
-Contrario a lo que "creía" el autocultivo NO es delito NI Falta, no se castiga, no está penalizado, el envío al artículo 50 NO es para que el Juez escoja una sanción, sino para indicar que el autocultivador, será castigado con las penas que señala este artículo 50 en el caso que cometa alguna de estas faltas y NO por el mero hecho de cultivar.
- Lo que debemos probar es que SOMOS AUTOCULTIVADORES, el motivo es suyo, nadie se lo pude cuestionar, Ud. puede cultivar por el motivo que Ud. estime conveniente mientras no se trate de traficar/comercializar/lucrar o causar daño a otros.
... SI no da crédito a lo que estamos compartiendo, lea Usted mismo la sentencia...
https://drive.google.com/file/d/0BweId7nyNPvhNW90aDVnMERPTUU/view
... Lea y Difunda, no se deje engañar...
... Cultive tranquilo y con responsabilidad.
... Si le toca Defiéndase con firmeza, fiereza y Dignidad USTED NO ES UN DELINCUENTE, USTED ESTA EJERCIENDO SU SOBERANÍA PERSONAL CONSAGRADA...

Comentarios

  1. Que buena noticia la justicia juegue hacer grande jajajaj gracias por la nota ahora puedo defenderme ya que no puede tener abogado saludos y gracias

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  2. Que buena la información. Que sano y que útil saber esto, pues seguramente llena de confianza y seguridad la actividad de cultivar en la ciudad. A cultivar sin miedo. El autocultivo es la solución contra todo fantasma de ignorancia erigido contra este multifuncional cultivo a través de años de prohibición.

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  3. O sea no se puede fumar ni siquiera en lugares privados, ni tampoco portar weed en la calle? Pero no es ilegal cultivarla?
    Y no se habla en ningún lugar de la cantidad cultivada permitida para considerarse consumo personal?

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    1. Si se puede fumar, no es ilegal, Transportar tampoco, si es una cantidad para consumo. .... mal tu primera frase. saludos.

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    2. Si se puede transportar, y también fumar, solo tienes que tener en tu poder una cierta cantidad de gramos ( no me acuerdo cuanto) si no pasa a ser micro tráfico, por eso vale mucho el estar informado.

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    3. si portas en la via publica es una falta, no es legal. fumar en tu casa no es Ilegal. NUNCA JAMAS se ha establecido "un gramaje" para determinar cantidad de droga pasa de consumo a micro, leanse el articulo 50, en la via publica son faltas. y tener plantas para consumo personal parece no ser ilegal, o maximo una falta, pero quedas a criterio del fiscal y del policia (que suelen no tener criterio.

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    4. no se puede portar droga en la via publica.
      ni consumir en la via publica.
      no hay gramos determinados para estimar consumo o microtrafico.
      Consumir nen privado es legal.
      cultivar parece no ser penalizado cuando es para consumo, pero no se encuentran mas antecedentes (plantas ya cosechadas x ejemplo) de destino a consumo.
      los que recomiendan cosas, ttengan cuidado, puede significar que alguien de aqui pase la noche en la carcel.

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  4. Mas de lo mismo ...siempre leo cosas iguales pero sigo viendo noticias de gente que le quitan la marihuana y entran en sus casas ..nada claro aun

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  5. A lo mejor es cierto pero en chile los carabineros son los menos que informan de las leyes y artículos
    así k tenlo por seguro k te quitan las matas y te llevan aunque la jueza diga lo contrario la yerba nunca será devuelta

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    1. A mi amiga le llevaron tablet,tv,pc etc... X 6 plantas a medio crecer

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  6. Anda a decirle eso a un paco jajajajaj

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  7. Anda a decirle eso a un paco jajajajaj

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  8. Y cuantas plantas se pueden tener? Cuantos gramos puedo justificar como para un consumo próximo en el tiempo? Esa noticia es verdad, pero todo queda en el criterio de un juez.. Osea, si te pillan una planta, ponte a rezar xq te fuiste igual para adentro si no eres influyente..

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  9. Es contradictorio, entonces porqué te detienen?, la ley no es precisa ni clara...eres igual un delincuente.

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    1. Te detienen pq podrías ser un tracicante...entonces es tu deber probar que lo que tienes es sólo para TU consumo y que no vas a concertarte (ponerte de acuerdo) con otro u otros para consumirla. El "patillazo" va igual, pero no vas a recibir una condena de presidio.

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    2. Podrás salvarte de la condena, pero te llevan preso, te pasas en un calabozo toda la noche, te llevan esposado a gendarmería cn delincuentes de todo tipo incluso pedófilos, se abre un juicio, si tienes suerte y paciencia te sacas de encima la multa o el presidio, pero el mal rato, la injusticia y perder tus plantas, ya te pasó por encima...es asqueroso...

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  10. Y entonces por que las policías están en un programa de incautar autocultivos desde la cuarta a la séptima región, la gracia que están haciendo se llama operación cannabis 2016 eso me preocupa.

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  11. Os 7 me decomiso mis plantas no fui detenida pero me dijeron que tenía o tener el permiso del sag y papeles médicos que justifique mi consumó. ...estoy triste. ..por mis plantitas. ..no me quitaron los indoor. ..estoy muy desorienta y asusta. ..

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  12. Ojo, las sentencias judiciales, aunque sean de los tribunales superiores, no sentan precedente, como en el sistema anglosajón de Justicia. Solo se aplican al caso en cuestión. Que el abogado defensor pueda citar el caso para lograr una sentencia semejante, puede hacerlo, pero que el Tribunal juzgue igual, queda a criterio del o los jueces.

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  13. Estimados: Lean bien la sentencia. Ella precisamente señala que al cultivar sin autorización se incurre en la falta, pero que en el caso puntual no se multó nada más que por un error de Fiscalía. Asesorese por un profesional.

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  14. MI caso: la PDI me quito mis 6 plantas, y me citaron a fiscalía... me dijeron que me podían meter presa por 3 años, yo de susto contrate un abogado, y me dijo que hay que presentar un recurso en que te hacen un "perdonazo" pero quedas 2 años condicional. Nadie me había informado de lo que se expresa en este articulo, yo leí la ley y si habla de condenas, ya que la PDI asume y saca un calculo que si "puedes" traficar con esa cantidad.... ¡pero no tienen pruebas!¿como pruebas también que eran para tu consumo personal? Por favor que un entendido aclare bien la información!

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  15. NO NECESITAS NI JUEZ NI SABER LEY... SOLO NO SEAN ALUMBRAOS Y LISTO...
    SI SABE QUE TIENEN A UNA VIEJA QL DE VECINA ..NO SACAR AL PATIO..Y LOS PRECISOS NO MAS A LA CASA..

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  16. Si un certificado médico acredita que se padece de una enfermedad que provoque dolores por ejemplo, debiera ser suficiente para justificar el auto cultivo. En Santiago hay medicos que ya están apoyando a sus pacientes.

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  17. de que forma de aseguras que es de consumo personal? en los maseteros de tus plantas haz una rotula con tu nombre y rut ... así de sencillo... suerte para todos

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  18. A mi casa se metio un ladron.. lo pillamos y me sapeo en la pdi y ahi quede yo... con el drama en la fiscalia y el ladron suelto por ser menor de edad.. ja.. parece chiste pero es mi triste realidad.

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  19. El homicidio también es legal, salgan a matar tranquilos jajajjaajaj ironía.

    El cultivo es delito, no se dejen engañar por páginas administradas por ignorantes incitadores al delito. No por que un juez te deje libre significa que no te van a detener, procesar, manchar los antecedes, y poner a disposición de los tribunales de justicia. El cultivo solo es permitido con autorización del sag en las cantidades determinadas, el autocultivo en recinto privado es delito, DELITO. No sean weones y no se arriesguen

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    1. No se trata de lo que diga una u otra pagina, lo que manda es lo que la ley dice, y al leer la ley queda claro que no es penado el cultivo a menos que sea para trafico.

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  20. El autocultivo es ILEGAL siempre y cuando se trate de traficar/comercializar/lucrar o causar daño a otros.

    El autocultivo es LEGAL si es para consumo personal. Va en ti en COMO defiendes ésa postura ante el juez. INFORMENSE y Leanse la Ley 20.000 !!

    Saludos, Bless :)

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  21. Que bien así no seremos tratados como delincuentes

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  22. Es legal pero con autorizacion del SAG por la cresta... no sean weones!!!!! una cosa es que te pillen y te "mames" todo el proceso y salgas libre.. y otra cosa es que te pillen y vayas a la carcel... la ley 20.000 en la que se hace incapie en este articulo, demuestra que no iras preso si no vendes.. PERO IGUAL TE PROCESARAN!!!!!.. una cosa es cultivar y otra cosa es vender.. por cultivo te van a procesar si o si por que es ilegal!!!!. pero ya no arriesgaras carcel ya que demostraras que es para uso personal.. pero te mamaras el problema igual!! entiendan! la unica forma es pidiendo permiso al SAG!! haganlo! no es nada del otro mundo.

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    1. Bajo esa misma lógica por cualquier acusación te procesaran, cualquiera que sea acusado de un delito ante la ley sera procesado, yo puedo apuntar con el dedo a cualquiera por robo y esa persona sera procesada, que después resulte inocente y esa persona me contrademande por injurias es otro cuento.

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  23. Dale con la autorizacion del SAG, son harto weones lo que hablan.
    NO NECESITAS AUTORIZACON DEL SAG para cultivar, ademas, eso es como decirle a los 4 vientos "Tengo una cachada de mota".
    La autorizacion del SAG sirve epara cultivar y disponer del producto cultivado para terceras personas (Daya, Agrofuturo, etc)
    Para cultivar uno mismo, NO SE NECESITA permiso, ya que no es un crimen, ni siquiera una falta.

    Lo que sucede es la campaña de desinformacion que hay actualmente y el hecho de que los carabineros utilizan el sistema de coercion para entrar a los lugares (90% de los decomisos, son sin orden judicial, eso es un hecho que fiscales y los mismos pacos me han confirmado)

    Planten tranquilos y en lo posible de forma cauta y sigilosa.
    En el caso de una eventualidad, cualquier persona esta plenamente capacitada para defenderse y ejercer su derecho natural a consumir cannabis en el que uso que se estime conveniente.

    Tambien atento en las eventualidad de decomiso y aprehension por autocultivo, ya se ha hecho comun que la policia haga firmar documentos en blanco a la gente o ni siquiera llenar el documento de incautacion con las especies allanadas.

    En estas fechas, los pacos salen como "cogolleros" para hacerse de la droga y "hacerla desaparecer magicamente" (sin documento de incautacion firmado o con datos ... "QUE SE INCAUTA"????)

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  24. Este comentario ha sido eliminado por el autor.

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  25. cuantas plantas se pueden cultivar sin caer en la ilegalidad

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    1. Las que necesite para un uso o consumo personal exclusivo, y próximo en el tiempo (que puede ser un año si cultiva en exterior por temporada)

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