¿Y si soy paciente y cultivo mi propia medicina?

¿Y si soy paciente y cultivo mi propia medicina? ¿Y si cultivo para el tratamiento de mi hij@? ¿Y si uso la planta para aliviarme del dolor de la vida diaria o para relajarme del estrés? 
Este "USO MEDICINAL DOMÉSTICO" que no está mediado por un médico, receta, institución de salud o industria farmacéutica, ¿también será controlado por estas autoridades?

"El cultivo con fines medicinales y terapéuticos o científicos y de investigación, de especies, subespecies y variedades del genero Cannabis, deberá contar con las correspondientes autorizaciones relativas a las condiciones sanitarias y ambientales emanadas de la competente Autoridad Sanitaria para las fiscalizaciones que corresponda el uso de sus facultades y del Servicio Agrícola y Ganadero..." Indicación de los Diputad@s Cariola, Browne, Rubilar y Torres a la ‪#‎Ley20Mil‬ para sustituir el artículo N°9

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